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Fotos con derechos en redes sociales: qué puede usar tu negocio

Actualizado el 12 de octubre de 2026

Mucha gente cuida las fotos de su web y luego, en el Instagram o el Facebook del negocio, sube la foto de una noticia, un cartel o una imagen sacada de Google. Para la ley es lo mismo: si la cuenta es de tu negocio y es pública, publicar la foto de otro sin permiso puede acabar en una reclamación.

Un móvil con el muro de un negocio: una foto de agencia subida a la red, marcada en rojo, y una noticia compartida como enlace, marcada en verde. Foto subida Enlace a la noticia
Subir la foto de otro es publicarla. Compartir el enlace a la noticia, no.

Cuenta personal o cuenta de negocio

La ley no distingue entre la web y las redes: publicar una foto de otro sin permiso es usarla, esté donde esté. La diferencia es práctica. Una cuenta personal y privada apenas la ve nadie fuera de tu círculo. La de un negocio o un profesional suele ser pública, es fácil de encontrar y tiene un fin comercial, así que el riesgo es el mismo que en tu web.

Además de la reclamación del autor o de la agencia, está la propia red: si el titular denuncia la publicación por derechos de autor, la red puede retirarla y, si se repite, limitar o cerrar la cuenta.

Subir la foto: lo arriesgado

Todo lo que suponga subir tú la imagen a la red cuenta como publicarla:

Tampoco sirve poner «Foto: El Periódico» o el nombre del fotógrafo. Citar la fuente no sustituye al permiso.

Compartir el enlace a una noticia: mucho menos riesgo

Si compartes el enlace a una noticia publicada en abierto, la red muestra una vista previa con su titular y su foto. Esa vista previa la genera la propia red a partir de la noticia, y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado que enlazar contenido publicado libremente con permiso de su autor no es volver a publicarlo. Es la forma segura de hablar de una noticia.

Dos matices:

Si el enlace es a una noticia de tu propio blog, la vista previa usará la imagen destacada de tu entrada. Entonces lo que importa es que esa imagen sea tuya o tenga licencia: es la de tu web.

Qué hacer con lo que ya has publicado

  1. Repasa las publicaciones de la cuenta del negocio, empezando por las más antiguas: es donde suele haber más fotos sacadas de internet.
  2. Busca sobre todo fotos de prensa, de agencias (eventos, famosos, deportes, actualidad) y de Google.
  3. Archiva o borra las que no puedas justificar. Archivar las oculta al público y te permite recuperarlas si resulta que eran tuyas.
  4. Si una foto es tuya o tiene licencia, guarda la prueba: el original, el enlace a la licencia o el permiso por escrito.

Qué fotos usar

Si te llega una reclamación por una publicación

Funciona igual que con la web: no pagues ni reconozcas nada de entrada, retira o archiva la publicación, pide que acrediten la autoría, su derecho a reclamar y el cálculo del importe, y pide la lista completa de lo que han detectado en tus redes y en tu web para resolverlo todo de una vez. Tienes los pasos y una plantilla en la guía para responder a una reclamación.

¿Te ha llegado una reclamación por una foto de tus redes?

Te ayudamos a responder, revisamos qué más puede haber y negociamos un cierre global.

Preguntas frecuentes

¿Puedo compartir en las redes de mi negocio una noticia con su foto?

Compartir el enlace, sí: la vista previa la genera la propia red a partir de la noticia. Lo que no conviene es descargar la foto o hacer una captura y subirla aparte.

¿Basta con poner el nombre del autor o del periódico en la publicación?

No. Citar la fuente no sustituye al permiso del autor. Solo puedes subir la foto si su licencia lo permite o si el autor te ha dado permiso.

¿Me pueden reclamar por una publicación que ya he borrado?

Sí, por el tiempo que estuvo publicada. Borrarla evita que el problema crezca, pero no anula el uso pasado.

Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de un abogado.

Fuentes