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Fotos con derechos en redes sociales: qué puede usar tu negocio
Actualizado el 12 de octubre de 2026
Mucha gente cuida las fotos de su web y luego, en el Instagram o el Facebook del negocio, sube la foto de una noticia, un cartel o una imagen sacada de Google. Para la ley es lo mismo: si la cuenta es de tu negocio y es pública, publicar la foto de otro sin permiso puede acabar en una reclamación.
Cuenta personal o cuenta de negocio
La ley no distingue entre la web y las redes: publicar una foto de otro sin permiso es usarla, esté donde esté. La diferencia es práctica. Una cuenta personal y privada apenas la ve nadie fuera de tu círculo. La de un negocio o un profesional suele ser pública, es fácil de encontrar y tiene un fin comercial, así que el riesgo es el mismo que en tu web.
Además de la reclamación del autor o de la agencia, está la propia red: si el titular denuncia la publicación por derechos de autor, la red puede retirarla y, si se repite, limitar o cerrar la cuenta.
Subir la foto: lo arriesgado
Todo lo que suponga subir tú la imagen a la red cuenta como publicarla:
- Una foto en el muro, en un carrusel o en una historia.
- Una foto o un vídeo de otro dentro de un reel, aunque salga unos segundos.
- Una captura de pantalla de una noticia o de la publicación de otro medio.
- Un montaje o un «meme» hecho con la foto de otro.
Tampoco sirve poner «Foto: El Periódico» o el nombre del fotógrafo. Citar la fuente no sustituye al permiso.
Compartir el enlace a una noticia: mucho menos riesgo
Si compartes el enlace a una noticia publicada en abierto, la red muestra una vista previa con su titular y su foto. Esa vista previa la genera la propia red a partir de la noticia, y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado que enlazar contenido publicado libremente con permiso de su autor no es volver a publicarlo. Es la forma segura de hablar de una noticia.
Dos matices:
- No descargues la foto de la noticia para subirla aparte, ni hagas una captura. Eso ya no es enlazar, es publicarla tú.
- Enlaza a la fuente original. Si el enlace lleva a una web que ha copiado la foto sin permiso, el mismo tribunal presume que un negocio debería haberlo comprobado.
Si el enlace es a una noticia de tu propio blog, la vista previa usará la imagen destacada de tu entrada. Entonces lo que importa es que esa imagen sea tuya o tenga licencia: es la de tu web.
Qué hacer con lo que ya has publicado
- Repasa las publicaciones de la cuenta del negocio, empezando por las más antiguas: es donde suele haber más fotos sacadas de internet.
- Busca sobre todo fotos de prensa, de agencias (eventos, famosos, deportes, actualidad) y de Google.
- Archiva o borra las que no puedas justificar. Archivar las oculta al público y te permite recuperarlas si resulta que eran tuyas.
- Si una foto es tuya o tiene licencia, guarda la prueba: el original, el enlace a la licencia o el permiso por escrito.
Qué fotos usar
- Las tuyas. En redes funcionan mejor que cualquier foto de stock: muestran tu negocio tal como es.
- Bancos con licencia clara, como Unsplash o Pexels, o la biblioteca de una herramienta de diseño con licencia de pago. Comprueba que permite el uso comercial en redes y guarda el enlace de cada foto.
- Imágenes generadas con IA, con cuidado: si muestran personas realistas o un lugar real como si fuera una foto, indica que están generadas con IA.
Si te llega una reclamación por una publicación
Funciona igual que con la web: no pagues ni reconozcas nada de entrada, retira o archiva la publicación, pide que acrediten la autoría, su derecho a reclamar y el cálculo del importe, y pide la lista completa de lo que han detectado en tus redes y en tu web para resolverlo todo de una vez. Tienes los pasos y una plantilla en la guía para responder a una reclamación.
¿Te ha llegado una reclamación por una foto de tus redes?
Te ayudamos a responder, revisamos qué más puede haber y negociamos un cierre global.
Preguntas frecuentes
¿Puedo compartir en las redes de mi negocio una noticia con su foto?
Compartir el enlace, sí: la vista previa la genera la propia red a partir de la noticia. Lo que no conviene es descargar la foto o hacer una captura y subirla aparte.
¿Basta con poner el nombre del autor o del periódico en la publicación?
No. Citar la fuente no sustituye al permiso del autor. Solo puedes subir la foto si su licencia lo permite o si el autor te ha dado permiso.
¿Me pueden reclamar por una publicación que ya he borrado?
Sí, por el tiempo que estuvo publicada. Borrarla evita que el problema crezca, pero no anula el uso pasado.
Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de un abogado.
Fuentes
- Ley de Propiedad Intelectual (BOE): artículos 18 y 20 (reproducción y comunicación pública) y 140 (indemnización).
- Sentencia Svensson (TJUE, C-466/12): enlazar contenido publicado libremente.
- Sentencia GS Media (TJUE, C-160/15): enlaces a contenido publicado sin permiso.